DISPOSITIVA
Por las razones anteriores, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena impuesta al penado: RODOLFO ALEXANDER ESCORCHE PARRA, identificado en autos, quien ha permanecido detenido por un lapso de UN (1) AÑO SEIS (6)MESES Y ONCE (11)DIAS, que es un tiempo superior al de la pena impuesta de SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de de ACTO CARNAL CONSENTIDO, previsto y sancionado en el artículo 378 del Código Penal, encontrándose cumplida totalmente la pena. En consecuencia, se ORDENA SU LIBERTAD PLENA. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad Plena. Notifíquese al Penado, Defensa, victima y a la Fiscalía Décimo Tercera del Ministerio Público, en Materia de Ejecución del Estado Lara. Una vez notificadas y vencido el lapso previsto en el artículo 483 del Código .....