Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los cónyuges ciudadanos ASUNCIÓN ANTONIO SISIRUCÁ PÉREZ y CINDY KAROLINE CARRASCO LARGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-21.092.747 y V-26.305.119, respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por el Abogado en ejercicio RAFAEL ANTONIO OCANTO GUERRERO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 40.155.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se Declara Disuelto el vinculo Matrimonial, contraído en fecha Diez (10) de Mayo de 2.013, por ante el Registro Civil del Municipio Bolivariano G/D Pedro León Torres del Estado Lara, según Acta de Matrimonio Nº 37, asentada en uno de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llev.....