Se DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTICULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, realizada por los ciudadanos LUIS RAFAEL MOSQUERA y AIDA JOSEFINA GIL, antes identificados, en relación a la disolución del vinculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante el Juzgado del Municipio Chiquinquirá, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 16 de Junio del año 1978, de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho.