Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, incoada por los ciudadanos ALEXIS JOSE ORTIZ y DORYS FRANCISCA GONZALEZ LINAREZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 7.365.837 y V-7.349.281, respectivamente. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 10 de septiembre de 2010, acta Nº 170, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ante ese Despacho. Expídanse copias certificadas de esta Sentencia a los interesados y e.....