Por las razones antes expuestas es por lo que este Tribunal Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, incoado por el ciudadano AGUSTIN DAVID SUAREZ CABEZA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N°. V- 11.702.941, de este domicilio, asistido por el abogado DANNIEL MANDL BERTHO, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 278.776, contra la ciudadana HAIDYT CAROLINA IRIARTE FEBRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.568.005, de este domicilio. SEGUNDO: Se declara legalmente RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO de cesión de derechos de bien inmueble (vivienda) entre Agustín David Suarez Cabeza, contra la ciudadana Haidyt Carolina Iriarte Febres. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber sido tota.....