En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado, administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA por la materia, al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en el Tocuyo.
Líbrese Oficio y remítase la totalidad de las actuaciones en la oportunidad legal correspondiente.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente decisión.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora a los diez (10) días del mes de octubre del año Dos Mil Diecinueve. Años 209º de la Independencia y 160º de la Federación.
El Juez Temporal,
Abg. EILER JOSE PEREZ
La Secretaria Acc,
Lic. MORAIMA MONTES DE OCA.
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 03/2019, de las Sentenci.....