DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: LA PERENCION de este procedimiento en aplicación del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su numeral 1ero. Procedimiento intentado por los ciudadanos CESAR ARNALDO JIMENEZ PERAZA y JHONNY JOSE ARROYO MUJICA, abogados en ejercicio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.7.980.267, de este domicilio, debidamente Inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº12.713 y 160.695, en representación de la sociedad mercantil PRODUCTOS ALIMEX C.A. inscrita en el registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda bajo el Nro.106, Tomo: 24-A de fecha 07 de Septiembre de 1964, en contra de la empresa mercantil DISTRIBUIDORA JAIRI, inscrita en el registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Est.....