DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: LA PERENCION de este procedimiento en aplicación del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su numeral 1ero. Procedimiento intentado por el ciudadano ALIDA SKARLETTE CASTELLANO y ALBERT MARTIN PRIETO ARIAS, Venezolano, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 119.572 y 25.942, respectivamente apoderados judiciales de la compañía CONSTRUCTORA FRAMEC C.A. debidamente registrada por ante el Registro de Comercio del Estado Lara, en fecha 01 de noviembre de 1996 bajo el Nro. 54 tomo 221-A y su última modificación de fecha 22 de enero 1999, bajo el Nro. 39, Tomo 2-A, en contra del ciudadano la compañía SOCIEDAD MERCANTIL SEÑOR DE LOS ALIÑOS C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Lara, en fecha 11 de septiembre de 2007, bajo el Nro. 3.....