DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: LA PERENCION de este procedimiento en aplicación del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su numeral 1ero. Procedimiento intentada por la ciudadana YACQUELINE DEL CARMEN MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° V-14.352.012, domiciliada en el Caserío Mariano Peraza, Sector V, casa n° J-2, Quíbor, Municipio Jiménez, Estado Lara, en contra del ciudadano LUÍS ALFREDO RODRIGUEZ SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.810.349, domiciliado en Fundalara, Aregue, Sector 1, a dos cuadras del Destacamento Policial, Carora, Municipio Torres, Estado Lara. BENEFICIARIA: Beneficiario: (se omite la identidad del niño, conforme a la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente) . JUICIO: OBLIGACION DE MANUTENCION. No hay condenatoria en costas. Expídase copia cer.....