este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el articulo 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, y 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente, en consecuencia se ordena se tenga como Sentencia Firme. Se ordena aperturar Cuaderno de Cumplimiento Alimentario y agregar copia certificada del Convenimiento y de la presente Homologación, y Se ordena oficiar al Director del DECONIAD del Estado Lara a los fines que le sea practicada una evaluación psicológica a los beneficiarios de autos. Líbrese oficio Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERA,
DRA. YUNIA ROSA GÓMEZ DUARTE
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABOG. MARIELVIS BASTIDAS
En esta misma fecha se le dio cumplimie.....