DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: LA EXTINCION DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA POR fallecimiento del obligado intentado por la ciudadana LIGIA CECILIA LINAREZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro.10.127.628, domiciliada en el Municipio Jiménez del Estado Lara, en contra del obligado ALIRIO SAUL AGUERO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Municipio Jiménez del Estado Lara y titular de la Cédula de Identidad N° 4.386.552. Fallecido. BENEFICIARIO: xxxxxxxxxxxx. JUICIO: OBLIGACION DE MANUTENCION.
No hay condenatoria en costas. Expídase copia certificada de la presente sentencia para que sea agregada al Libro respectivo, conforme a lo contemplado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada, Sellada y refrendada en la sala del despacho del JUZGADO PR.....