Duaca: 01 de Octubre del 2015
Años: 205° y 156°
ASUNTO: 1.671-2015
Visto el Convenimiento suscrito por ante La Defensoría Municipal para la Protección Integral del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio Crespo, Estado Lara, en fecha 26-08-2015, entre los ciudadanos: Sánchez Mendoza Yubisai Carolina y Acosta Guedez Eliezer, titulares de las Cédula de Identidad Números V-26.370.305 y V-23.807.440, respectivamente, plenamente identificados en autos demandante y demandado en el presente juicio, con el fin de llegar a un acuerdo con respecto a la Obligación de Manutención, expusieron lo siguiente:
PRIMERO: El padre se compromete a suministrar la cantidad de Ochocientos Bolívares (Bs. 800.00) semanal, los cuales será entregado en la casa de la madre.
SEGUNDO: La Madre manifiesta estar de acuerdo con la cantidad suministrada por el padre y se compromete administrar y suministrar dichos recursos a su hijo. La madre se compromete en comprarle con el diner.....