Este Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO y DESALOJO DE INMUEBLE interpuesta por la ciudadana MARLENE GUTIERREZ RODRIGUEZ titular de la cedula de identidad, N°3.322.779, y AURA MERCEDES BENITEZ GUTIERREZ titular de la cedula de identidad N° 19.104.120, esta ultima aduce actuar en su propio y en representación del ciudadano GERARDO JESUS BENITEZ TORRES, titular de la cedula de identidad N° 4.919.234, asistidos por los abogados en ejercicio Lucas Gilberto Cuevas Linarez y María mercedes Artigas Suarez Inpreabogado bajo los Nros 153.292 y 153.291, contra la ciudadana MARIAELENA MELENDEZ CORDERO titular de la cedula de identidad N° 15.730.800, de conformidad con el artículo 341 por ser contraria a derecho Así se decide. PUBLÍQUESE Y REGÍ.....