este Juzgado de Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado, presentada por la ciudadana VEIVY CAROLINA DELGADO ANGULO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.583.031, de este domicilio, asistida por el abogado, Marcial Atacho Peraza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°158.850, contra el ciudadano RAMIRO ANTONIO BRICEÑO GONZALEZ