Este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES presentada por la ciudadana, FRANCIA AMARILIS LOPEZ MEDINA titular de la cédula de identidad N° 18.334.483, Intentada por su apoderado judicial abogado Luis Ricardo Saer Villarreal I.P.S.A. 185.853, contra CORRADO GAETANO CONSALES IPPOLITO