Este Juzgado de Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado, presentada por la ciudadana IYAIRA COROMOTO GUEDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.720.601, de este domicilio, asistida por el abogado, Luis Alfredo Saldivia Peñaloza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°90.024, contra la ciudadana FERNANDA JOSEFA LOPEZ DE NIEVES