en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión de DESALOJO Interpuesta por los ciudadanos: MARIELA JOSEFINA GONZÁLEZ DE YÉPEZ y GEORGE FRANCISCO BABIK MARIN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.558.612 y 16.322.165, respectivamente, a través de su apoderada judicial, abogada: SOUD ROSA SAKR SAER, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A), bajo el N° 35.137, contra el ciudadano: EDGARD GEORGES BABIK AZKAK, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 11.427.983, representado a través de sus apoderados judiciales, abogados: ARMANDO JOSÉ CARUCI PINEDA, YESSICA ANDREINA FREITEZ SIVIRA, ROBERT DAVID ARRIECHE MORALES Y JULIO CÉSAR ARRIECHE MORALES, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A), bajo los Nos. 170.141, 170.048, 170.026 Y 102.106, respectivamente.
SEGUNDO: Se con.....