en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda por DESALOJO DE (LOCAL COMERCIAL) intentada por el Abogado en ejercicio: FILIPPO TORTORICI SAMBITO, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 45.954, actuando en este acto, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana: MERY CHIQUINQUIRÁ CALLES DE GETAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.395.405. Y en consecuencia:
1. SE ORDENA al demandado a entregar el local comercial ubicado en: La Avenida Lara, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara, Parcela N° 11-8, de esta ciudad, desocupado de bienes y personas y en el mismo buen estado en que lo recibió.-
2. SE CONDENA en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido totalmente vencido.-
Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) www.lara.scc.org.ve. Se d.....