en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, fundamentado en las sentencias N° 446/2014 de fecha 15 de Mayo de 2014 y la Sentencia 693 de fecha 02 de Junio del año 2015, emitidas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, incoada por el ciudadano DANIEL EDUARDO REA ANGULO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-14.372.038 contra la ciudadana DILMAR ROSELYN MENDOZA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-14.483.779, plenamente identificada.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que une a los ciudadanos DANIEL EDUARDO REA ANGULO y DILMAR ROSELYN MENDOZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nros. V-14.372.038 y V-14.483.779 respectivamente, celebrado el en 18 de Abril del año 2001, por ante el Juzgado Primero de Municipio, del Estado .....