Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, especialmente por el aparte único del artículo 185 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la conversión de esta separación en DIVORCIO y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los Ciudadanos: JOSE RAFAEL TORRES MORILLO y LISBETH DEL VALLE SILVA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-18.655.349 y V-18.432.347, respectivamente, por ante el Registro Civil del Municipio Moran del Estado Lara, en fecha 15 de Marzo del año dos mil trece (2.013), anotado bajo el acta N° 51, del Libro de Registro Civil respectivo llevados durante el año 2.013. Durante el Matrimonio no procrearon hijos.