en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
-PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DESALOJO DE VIVIENDA, por las causales 1 y 4 del artículo 91 de la Ley de la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda; que disponen: 1.-"En inmuebles destinados a vivienda, que el arrendatario o arrendataria haya dejado de pagar cuatro cánones de arrendamiento sin causa justificada, de acuerdo a los criterios definidos por la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda, para tal fin". Y 4.-"Que el arrendatario o arrendataria haya ocasionado al inmueble deterioros mayores que los provenientes del uso normal del inmueble, o efectuado reformas no autorizadas por el arrendador". Interpuesta por los ciudadanos: JANUSZ SZYMON PAWLIK BRONNA Y VÍCTOR JOSÉ PAWLIK, quienes son de nacionalidad extranjero residente y venezolano, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. E-81.230.424 y V-23.947.252, respe.....