en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185, fundamentado en las sentencias N° 693/2015 de fecha 02 de Junio de 2015, emitida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, incoada por los ciudadanos: MARIA GABRIELA MARQUEZ RAMOS y CARLOS ALBERTO QUIROZ SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad N°.V-18.670.301 y V-17.782.382, respectivamente.
SEGUNDO: como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL celebrado en fecha 28) de Noviembre del año 2013, por ante el Registro Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, según consta en acta de matrimonio asentada bajo el N° 670 del libro de Registro Civil de Matrimonios del año 2013.
TERCERO: Se declara definitivamente firme en esta misma fecha. Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes.
CUARTO: Dada la n.....