Este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en el Edificio Nacional, de la ciudad de Barquisimeto, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 ordinal 1ero y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la pretensión por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL incoada por el abogado JOSE ANTONIO ANDARA OJEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 39.204. En su condición de apoderado judicial del demandante ciudadano GUSTAVO JOSE NAVEA SEQUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.843.349. Contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES SENCUAL TOUCH, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fech.....