este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos CARLOS ALBERTO TOVAR MEJIAS y YELITZA DEL VALLE COLINA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédula de identidad No. V-7.943.675 y V-10.775.888, respectivamente.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, celebrado el 22 de mayo de 1992, por ante el Registro Civil de la Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del estado Lara, según consta en acta asentada bajo el número 72.-
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes una vez la presente decisión quede definitivamente firme conforme a lo previsto en los artículos 475 y 506 del.....