este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, y declara a los ciudadanos: JOSE ALBERTO MARQUEZ YEPEZ, LUIS ENRIQUE MARQUEZ YEPEZ, CARLOS ANTONIO MARQUEZ YEPEZ, ANA CAROLINA MARQUEZ YEPEZ, Y DEIVIS ALEJANDRO MARQUEZ PEREZ, ya identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante PEDRO ALFONZO MARQUEZ. Se ordena devolver las actuaciones originales a la parte interesada. PUBLÍQUESE, incluso en la página WEB del Tribunal, REGÍSTRESE. Y CUMPLASE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civi.....