Este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO:CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos ISIS MAYARIBE LINAREZ RAMIREZ Y RAMON ANDRES SANDIA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.267.180 y V-10.425.708.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, celebrado en fecha 30 de Agosto de 2016, según consta en acta N° 146 de los libros de matrimonios del año2016, llevados por el Registro Civil del Municipio Andrés Bello del Estado Táchira.-
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes una vez la presente decisión quede definitivamente firme conforme a lo previsto en los artículos 475 y 506 del Código Civil, anexándo.....