Este TRIBUNAL QUINTODE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: IMPROCEDENTE la presente solicitud por motivo de PARTICIÓN (amigable o extrajudicial), solicitada por los ciudadanos ELIEZER RAFAEL FREITEZ Y LOLIMAR MONTILLA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.261.631 y V-7.428.467, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio YILITH BASTIDAS, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 234.245.; SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese, regístrese, incluso en la página web de este Despacho y déjese copia certificada. Dada, firmada, sellada en la sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judici.....