Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de desalojo (vivienda), interpuesta por la ciudadana Xiomara Coromoto López Cordero, debidamente asistida por el Abogado Carlos Eduardo Navea Michelena, contra los ciudadanos Norys del Carmen Rojas y Richard Jesús Huerta, todos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada ciudadanos Norys del Carmen Rojas y Richard Jesús Huerta, plenamente identificados en autos, hacer entrega a la demandante libre de personas y bienes, el inmueble objeto del contrato de arrendamiento su propiedad de la demandante, consistente una casa identificada con el N° B-5, construida sobre una parcela de terreno propio qu.....