Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de CORRECCIÓN formuladas en fecha 21 de Octubre de 2016 y 3 de mayo de 2017, respectivamente, por la ciudadana Yelitza Coromoto Vargas Rodríguez, asistida por la Abogada Hiroshima Rodríguez, de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 03 de Octubre de 2014, en el asunto KP02-S-2014-002284, relativo a la solicitud de Declaración de Únicos y Universal Herederos, presentada por los ciudadanos por los ciudadanos Migde Zulema Vargas Rodríguez, Yahilili del Rosario Vargas Rodríguez, Domingo Alberto Vargas Rodríguez y Yelitza Coromoto Vargas Rodríguez, plenamente identificados en autos.
Publíquese y regístrese e incluso en l.....