En mérito de las consideraciones precedentemente señaladas, este Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERDIDA DEL INTERES PROCESAL del actor, en la presente solicitud de divorcio, y en consecuencia se da por terminado el presente procedimiento, interpuesto por los ciudadanos LUIS ALBERTO PEÑA PEÑA y ADELINA PASTORA MARCHAN RAMOS, asistido por la Abogada MARIA JOSEFINA ALEJOS CASTAÑEDA, plenamente identificado en autos, y así se decide.
Publíquese y regístrese e incluso en la página Web de este Despacho y déjese copia certificada de la presente decisión.