Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente acción de Reconocimiento de Documento Privado, intentada por el ciudadano DAIMIR JOSE SILVA HERNANDEZ, asistido por el abogado Luis Beltrán Viloria Barreto, contra los ciudadanos JOSE ANTONIO BRICEÑO, EDDY DEL CARMEN VIZCAYA BRICEÑO, ISBELIA CAROLINA VIZCAYA BRICEÑO, CARMEN ELENA BRICEÑO, CEFERINO JOSE BRICEÑO, JUAN CARLOS BRICEÑO, JOSÉ RAMÓN VIZCAYA BRICEÑO, CARLOS JAVIER VIZCAYA BRICEÑO, CRIYERBELYS ROSANA VIZCAYA BRICEÑO, MARILYS VIZCAYA BRICEÑO, todos ya identificados.