DECISION
Con mérito a las anteriores consideraciones, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio de conformidad con lo establecido en la norma contenida en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con las sentencias dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fechas 15/05/2014 N° 446, 02/06/2015 Expediente N° 12-1163 y 09/12/2016 Exp. 16-0916; en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos ADOLFO BENAVIDES GONZÁLEZ, identificado con el número de cédula de nacionalidad canadiense N°3129764 y N° de pasaporte Canadiense QG269884 y la ciudadana MARALBA ELANA BRACHO PERNIA, titular de la cédula de identidad N° V-7.669.177.
SEGUNDO: Se declara extinguida la comunidad de.....