III
Oportunamente, la parte demandada, representada por la defensora ad-litem abogada en ejercicio, ciudadana: Ivon Lucena, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 108.730, en su carácter de defensora Ad-Litem, dio contestación a la demanda en los siguientes términos: negó, rechazo y contradijo los hechos como los derechos alegados por la parte actora en el libelo de la demanda por cuanto no son ciertos.
Asimismo, negó, rechazó y contradijo, que su defendido ha incumplido con su obligación de pago de canon de arrendamiento conforme a lo establecido en la clausula segunda del contrato celebrado entre ambas partes. Negó, rechazó y contradijo, que su representado incumpliera con el uso pactado al local comercial arrendado, como lo es exclusivo uso comercial. De igual manera, negó, rechazó y contradijo, que su defendido adeude por concepto de canon de arrendamiento los meses de Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre, Diciembre del año 2011, así como los meses sucesivos hasta la p.....