DECISIÓN
Por los argumentos y fundamento legales, jurisprudenciales antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por motivo de Desafecto fundamentado en las en las sentencias 1070 de fecha 9 de Diciembre del año 2.016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, expediente N° 16-916.
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos ciudadanos: ciudadanos: ELIAS MOISES ARRAEZ YAJURE Y NORIS BEATRIZ RIVERO MEDINA, venezolanos con número de cedula V-14.405.307 y V-13.645.983, debidamente asistidos por el ciudadano: CESAR RAFAEL GIRON FADEL, Abogado en ejercicio, inscrita en el IPSA, bajo el N° 32.083.-
TERCERO: Se declara extinguida la comunidad de ganancia.....