DISPOSITIVA
En consecuencia, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE REGISTRO CIVIL, presentada por la ciudadana: REGINA RIOBOO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.783.586, asistida por la abogada en ejercicio, ciudadana: IRIS TORREALBA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 102.783. En consecuencia, se ordena oficiar al Registrador Principal del Estado Lara, así como al Registro Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren, estado Lara, a los fines de que se sirvan insertar la correspondiente nota marginal en el Acta de Nacimiento Nro. 2826, de fecha 06/08/1974,.....