DISPOSITIVA
En mérito de lo expuesto, este Tribunal en Funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Con Competencias en delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de la Defensa Privada, de la revisión de la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por una menos gravosa como lo es la Detención Domiciliaria, respecto al ciudadano BREILLYELECER PERNIA MENESES, Titular de la Cedula de Identidad N° V.-(...), por cuanto no han variado las circunstancias que dieron lugar a la imposición de la misma, decretada en contra de dicho ciudadano en fecha 2 de Abril de 2014, en la audiencia preliminar y donde al mismo le fue imputado tal medida por la presunta comisión del delito de (...), previsto y sancionado en el artículo (...) de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordancia con el art.....