DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: se declaran SIN LUGAR las excepciones opuestas por la Defensora Privada Abg. Lirio Terán Matute. Regístrese y Publíquese. Notifíquese a las partes de la presente decisión.