DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control N° 3, Audiencias y Medidas del Estado Lara, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, a los fines de legalizar la detención del imputado en autos realizada al amparo del artículo 44 numeral 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara procedente la petición de la Fiscalía, y se DECRETA:
PRIMERO: Con Lugar la Aprehensión en Flagrancia del ciudadano JESÚS ALEJANDRO ANDRADE OVIEDO, (...) por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, AMENAZA AGRAVADA E INCENDIO, previsto y sancionado en el artículo 42 primer aparte, 41 último aparte de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, 343 segundo aparte del Código Penal en concordancia con el artículo 354 ejusdem; en perjuicio de Glorelvi Carolina Paredes Oviedo (Hermana del Imputado).
SEGUNDO: se acuerda la continu.....