este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN POR MAYORIA DE EDAD DE LA COLOCACION FAMILIAR, interpuesta por la ciudadana MARITZA COROMOTO MADRID NIETO, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 7.413.408, en beneficio de la hoy joven adulto DUBRASCA ALEJANDRA MARIA PEREZ MADRID.