D E C I S I Ó N
Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 8, 26, 27, 30, 394, 396, 399 y 401 B de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA CON LUGAR, la COLOCACIÓN FAMILIAR planteada por la ciudadana GEOBEL YUDITH HUGGINS COLMENAREZ, en beneficio del niño (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES) y en contra de la ciudadana GEOBEL YUDITH HUGGINS COLMENAREZ, todos plenamente identificados. En consecuencia, PRIMERO: La Colocación Familiar será cumplida en el hogar de la ciudadana GEOBEL YUDITH HUGGINS COLMENAREZ, identificada en autos, en la Avenida Terepaima comunidad villa de Canaan, sector .....