Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del estado Lara, de conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 177 parágrafo primero literal "m" y 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y con lo establecido en los artículos 759 y siguiente del Código Civil y 778 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de PARTICIÓN DE HERENCIA incoada por las ciudadanas JENNYS DEL CARMEN GARCÍA DE GÓMEZ, JAZMIN LUCRECIA GARCIA VARGAS y JANETH COROMOTO GARCIA VARGAS en contra de los ciudadanos YOHAMNT AMELIA GARCÍA MEDINA, YOLEYHEMMA MARÍA GARCÍA MEDINA, JINMARY YOHAMNT GARCÍA DÍAZ, MARÍA LUCRECIA GARCÍA PÉREZ, PAUSIDES ANTONIO GARCÍA PÉREZ, MARIELA DEL CARMEN DIAZ DE GARCÍA, y la adolescente JEIMY JOSSE.....