Por los motivos que anteceden, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos YUZMILA GREGORIA MORA y WILMER ALEXANDER SIVIRA, contra las presuntas lesiones causadas por las ciudadanas DAYANA CAROLINA GONZÁLEZ y MIRIAN LILIANA GONZÁLEZ MARCHAN, ya identificados.