Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el primer aparte del artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 8, 26, 27, 30, 394, 396, 399 y 400 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA CON LUGAR, la Colocación Familiar planteada por el ciudadano: PEDRO RAFAEL VARELA ALVAREZ, identificado en autos, en beneficio de la niña: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
, en contra de la ciudadana: KARELYS DE LOS ANGELES VARELA CASTILLO, ya identificada. En consecuencia UNICO: La Colocación Familiar será cumplida en el hogar del ciudadano: PEDRO RAFAEL VARELA ALVAREZ, identificado en autos en la Calle Simón Planas entre 3 y 4, casa numer.....