En virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Mediación y Sustanciación En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Desistido el procedimiento, de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Queda extinguida la Instancia. Dada, sellada y firmada en Barquisimeto a los doce días del mes de Noviembre de Dos mil Diez. Años 200º y 151º.
LA JUEZ TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACION
Abg. LISBETH GLADIELIS LEAL AGUERO
La Secretaria
Abg. Isabel Barrera