esta juzgadora vistas y analizadas cada una de las actas que conforman el presente asunto y las respectivas opiniones de las partes involucradas e interesadas, lo procedente y en atención al interés Superior de (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), es discernir los cargos de tutora a la ciudadana XIOMARA DEL CARMEN PEREZ HEREDIA plenamente identificada en autos, como Protutora a la ciudadana MARIELA JOSEFINA PEREZ y como suplente de la Protutora a la ciudadana YAMILETH BEATRIZ PEREZ HEREDIA a los ciudadanos MARISELA DEL CARMEN ABARCA PÉREZ, WILLIAM JOSÉ ABARCA PÉREZ, ALBERTO MANUEL PÉREZ, y YUSMARY MARINA MÚJICA PÉREZ, portadores de las cédulas de identidad Nºs 16.385.545, 17.380.359, 17.380.360, y 22.323.865, quienes son tío paterno, tía paterna, hermana mayor y tía materna, respectivamente,