Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 8, 27, 30, 365, y 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de obligación de manutención, efectuado en fecha 27 de septiembre de 2011, por los ciudadanos MARIA ALEJANDRA VALLE SEIJAS y ALBERTO JOSE QUERO SILVA, ya identificados, en beneficio de los hijos identidad omitida con forme a los establecido en el articulo 65 de la Ley Organica para la Protecciòn del Niño y Adolescente, logrado en audiencia de mediación, por estar conforme a la Ley y no vulnerar derechos de los beneficiarios
Téngase el acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada del mismo a los interesados.