este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niñas y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara - Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en concordancia con el Artículo 22 ejusdem, ORDENA sin mas dilaciones al organismo competente de identificación y extranjería, el tramite del Pasaporte venezolano, en beneficio del niño: (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la LOPNNA), hijo de los ciudadano: KATHERIN ALEJANDRA MONTAGGIONI BARRIOS y LUIS ALEJANDRO RODRIGUEZ MAESTRE, titulares de las cédulas de identidad No. V-25.236.038 y V.-20.192.113, respectivamente, representado por ambos padres o POR UNO SOLO DE ELLOS, en pleno ejercicio de su patria potestad.