Vista la admisión de hechos realizada por el acusado pasa a decidir en los siguientes términos, este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: de acuerdo al articulo 43 del Código Orgánico Procesal Penal se le acuerda la suspensión condicional del proceso, SEGUNDO: se impone la obligación de realizar 3 cursos y talleres en INAMUJER por un periodo de 12 meses. TERCERO: se ratifican las medidas de protección y seguridad de los ordinales 5º y 6º el artículo 87 de la ley Orgánica Sobre los Derechos a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Consistente la prohibición de acercarse a la victima a su sitio de trabajo y estudio, y la prohibición de realizar actos de intimidación y persecución por si o por terceras. CUARTO: se refiere al acusado al consejo comunal (Cinco (5) de Julio de Carora) a los fines de que haga el enlace con Escuela Roble viejo sector 3, a los fines de que haga alguna actividad b.....