DISPOSITIVA
ESTE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: PRIMERO: este tribunal tomando en consideración que la pena a imponer para el delito es de 2 a 6 años de prisión, siendo su término medio 4 años, estableciendo la rebaja de Ley de 1/3 que serían 16 meses, quedando la condena en DOS (02) AÑOS y OCHO (08) meses de prisión, por lo que se CONDENA al ciudadano MARIO MORILLO PÉREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.604.632, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN más las accesorias de leyes establecidas en el artículo 66 ordinales 2° y 3° de la ley especial de género en concordancia con el artículo 16 del código penal, por la comisión del delito de ABUS.....