En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara INCULPABLE, al ciudadano LUCENA BASTIDAS WILMER RAMON, portador de la cedula de identidad N° 5.937.351, estado civil, soltero, fecha de nacimiento 11-07-64, de 45 años de edad, hijo Evelia Lourdes bastidas y Benito esteba Lucena, de profesión u oficio Comerciante, domiciliado Urb. Calicanto sector 3 calle8 Numero 02, punto de referencia detrás de la iglesia de calicanto, del municipio Torres, teléfono 0426-707-8343, de la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, tipificado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana INDIRA CAROLINA MONSTES ESCOBAR. SEGUNDO: En consecu.....